Page 204 - Informe Integrado de Gestión para Junta Directiva FINAL
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y  Circular  Única  de  la  Superintendencia  de  Industria  y  Comercio  en  relación  con  el
                  Registro Nacional de Base de Datos RNBD:

                      a)     Elaboración y publicación de la Política de Tratamiento de Datos Personales,
                             inclusive   en   página    web,   disponible    en   el   siguiente   enlace:
                             https://www.eep.com.co/transparencia/9/politica_seguridad.pdf
                      b)     Elaboración y publicación del aviso de privacidad, inclusive en página web.
                      c)     Elaboración  y  publicación  del  manual  interno  para  el  cumplimiento  de  la
                             protección de datos al interior de la Compañía.
                      d)     Designación de Oficial de Protección de Tratamiento de Datos Personales.
                      e)     Registro  de  Base  de  Datos  Personales  al  cual  estamos  obligados  por
                             normatividad  conforme  a  la  naturaleza  de  la  Compañía.  Este  registro  se
                             realiza  ante  la  Superintendencia  de  Industria  y  Comercio  y  realizamos  su
                             actualización cada año.
                      f)     Actualización base de datos de usuario-clientes.
                      g)     Elaboración y suscripción de acuerdos de tratamiento de datos personales con
                             los  encargados  de  datos  personales  de  titulares  en  bases  de  datos  de  la
                             Compañía.
                      h)     Cláusulas  de  autorización  de  datos  personales  en  contratos,  órdenes  de
                             servicio y contratos laborales.
                      i)     Clausulas  para  el  tratamiento  de  datos  de  menores  utilizados  en  formatos
                             físicos  en  actividades  de  Responsabilidad  Social  Empresarial,  Desarrollo
                             Humano y Organizacional y en la gestión de Comunicaciones.
                      j)     Clausulas para autorización de manejo de imágenes y videos utilizados en la
                             gestión de comunicaciones.
                      k)     Auditoría anual de cumplimiento de tratamiento de la política de tratamiento
                             de datos personales.

                         •  Gestión de riesgo LAFT – Oficial de cumplimiento

                  En cumplimiento de las funciones asignadas en la Directiva de Gerencia General 223 de
                  29 de diciembre de 2014 y la Directiva N.º 019 del 23 de febrero de 2018, y atendiendo
                  a  lo  dispuesto  en  el  Capítulo  X  de  la  Circular  Básica  de  la  Superintendencia  de
                  Sociedades,  la  Política  del  Sistema  de  autogestión  del  riesgo  de  lavado  de  activos  y
                  financiación del terrorismo y el Manual adoptado por la Compañía, se han implementado
                  al interior de la Compañía las siguientes acciones:

                      a)     Manual explicativo para la gestión del riesgo y las oportunidades.
                      b)     Directiva por la cual se adopta el manual de sistemas de autocontrol y gestión
                             del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
                      c)     Identificación y control interno de los factores de riesgos que puedan generar
                             situaciones relacionadas con LA/FT.
                      d)     Manual del sistema de autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y
                             financiación  del  terrorismo-EST.EST.MAN11  ajustado  a  lo  dispuesto  en  el
                             capítulo X de la Circular básica jurídica de la Superintendencia de Sociedades,
                             donde se especifican los responsables y actividades necesarias internas para
                             dar cumplimiento
                             a  la  normatividad  y  el  marco  de  control  del  sistema  de  gestión  del  riesgo
                             La/FT.
                      e)     Auditoría a través del Comité de Gestión Integral de Riesgos para el control
                             interno  respecto  del  cumplimiento  de  los  lineamientos  dispuestos  en  el
                             sistema de gestión de LA/FT.



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