Page 196 - Informe Integrado de Gestión para Junta Directiva FINAL
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a la vinculación que tenemos de capital privado desde agosto de 2008 convirtiéndose de
esta manera en una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios mixta, y con
base en concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública -
DAFP en el mes de febrero de 2009 se determinó la no obligatoriedad para Energía de
Pereira de la aplicación del Art 1° de la Ley 87 de 1993, en concordancia con el Art. 5°
de la misma.
Tal como lo define el artículo 46 del Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios:
“Se entiende por control interno el conjunto de actividades de planeación y ejecución,
realizado por la administración de cada empresa para lograr que sus objetivos se
cumplan.
El control interno debe disponer de medidas objetivas de resultado, o indicadores de
gestión, alrededor de diversos objetivos, para asegurar su mejoramiento y evaluación.”.
Con base en este contexto, la Empresa de Energía de Pereira S.A. E.S.P., cuenta con el
proceso administrativo de Direccionamiento y Control Estratégico liderado por la
Gerencia de Direccionamiento y Control Estratégico, donde se realizan las actividades
de control y seguimiento a través de los subprocesos de Gestión Estratégica, Gestión
Corporativa y Auditoría Interna de Gestión a los diferentes procesos de la Empresa y a
los planes de mejoramiento suscritos y que haya lugar con los entes gubernamentales
del sector municipal y nacional, fomentando la cultura del control y el autocontrol en
todos los procesos, niveles de la organización y aliados estratégicos que se consideren
dentro del ejercicio de control.
Por otro parte, nuestro control interno hace parte del proceso estratégico, que junto con
el sistema integrado de gestión bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, ISO
45001:2018 e ISO 55001:2014 (En proceso de certificación) permiten articular todos
los procesos en sus diferentes niveles, con el objetivo de lograr la consecución de los
objetivos organizacionales establecidos en el Plan Estratégico Corporativo.
Ahora bien, luego de un año muy complejo como lo fue el 2020, producto de la pandemia
el 2021 presentó mayor normalidad, permitiendo la presencialidad y por supuesto el
ejercicio de control interno permanente.
Gracias a que este proceso estratégico de la Empresa se soporta en una metodología
estructurada, probada y alineada con el CORE del negocio, que permite los ejercicios de
planeación, seguimiento, evaluación y retroalimentación bajo cualquier modalidad de
una manera eficiente y eficaz, aportando siempre al mejoramiento continuo de los
procesos, permite que bajo cualquier modalidad se mantenga un permanente
seguimiento y control administrativos y operacional.
Para la gestión del año este proceso estratégico de direccionamiento estratégico y el
ambiente de control comprendió entre otros los siguientes elementos:
I. Componente estratégico y ambiente de control (205-2)
Artículo 48. Facultades para asegurar el control interno. Las empresas de servicios públicos podrán contratar con entidades
privadas la definición y diseño de los procedimientos de control interno, así como la evaluación periódica de su
cumplimiento, de acuerdo siempre a las reglas que establezcan las Comisiones de Regulación.
Artículo 49. Responsabilidad por el control interno. El control interno es responsabilidad de la gerencia de cada empresa
de servicios públicos. La auditoría interna cumple responsabilidades de evaluación y vigilancia del control interno delegadas
por la gerencia. La organización y funciones de la auditoría interna serán determinadas por cada empresa de servicios
públicos”.
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