Page 250 - INFORME DE GESTION 2020
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lineamientos para el cargue de información al
Sistema Único de Información- SUI aplicable a
los prestadores del servicio públicos de energía
eléctrica del Sistema Interconectado Nacional
– SIN”
• Resolución No. SSPD - 20191000059795
del 27 de diciembre de 2019 que expide los
lineamientos de reporte de información de la
sobretasa nacional de cuatro pesos moneda
legal colombiana por kilovatio hora de energía
eléctrica consumida como parta de las medidas
requeridas para garantizar la prestación del
servicio de energía eléctrica a cargo de las
empresas intervenidas por parte de la SSPD.
De acuerdo con esto, el volumen de carga de
reportes de información durante el año 2020
para el usuario de Pereira fue de 552 reportes
distribuidos entre formatos y formularios a través
de la plataforma.
Es por esto, que debido al aumento en el volumen
de reportes de información y con el objetivo de
cumplir y seguir garantizando oportunidad y
calidad en los mismos, se fortaleció el equipo
de la Gerencia de Direccionamiento y Control
Estratégico, con profesionales que apoyen C-290 de 2002.
exclusivamente esta rendición de cuenta a este
ente externo. De manera semejante y de conformidad con
la Resolución CMP 435 de 2019 y dada
Consecuentemente con esta obligación, la la naturaleza jurídica de Empresa Energía
Empresa frente a las actuaciones de control de Pereira, empresa de Servicios Públicos
fiscal, continuamos en la posesión adoptada de naturaleza mixta, se rindió la cuenta
desde el 2012, de precisar el alcance en fiscal correspondiente a la vigencia 2019,
los términos constitucionales y legales del obteniendo en la revisión formal una calificación
ejercicio del mencionado control. En términos del 90% al mes de junio de 2020, rendición
expresados por el artículo 27.4 y 50 de la Ley considerada aceptada en el pronunciamiento
142 de 1994 modificado por la ley 689 de formal de la Contraloría Municipal de Pereira.
2001 que advierten que el control recae sobre
los actos, contratos, derechos y dividendos En lo referente a la rendición de cuentas ante
que el aporte estatal confiere, aspecto que la comunidad, medios de comunicación,
fue aclarado por la Corte Constitucional al colaboradores y otras partes interesadas, se
declarar la inexequibilidad de apartes de realizan informes para conocimiento público,
los artículos arriba señalados en la Sentencia los cuales son divulgados a través de la página
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