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No hubo detrimento patrimonial en la capitalización de la Empresa de Energía de Pereira

Así lo determinó la Contraloría General de la República, quien después de cinco años de investigación y más de 110 pruebas recaudas, concluyó lo que ya el tribunal administrativo de Pereira había advertido en conocimiento de una acción popular, interpuesta en contra del proceso de capitalización. Este alto tribunal afirmó que: “queda demostrado que con el proceso de capitalización no se afectó el patrimonio de LA EMPRESA DE ENERGÍA DE PEREIRA, por el contrario, esta resultó altamente beneficiada, al ingresar a su patrimonio más de $200 mil millones, cuando del proceso se espera un ingreso por el orden de los $90 mil millones.

A continuación se relacionan apartes del fallo:

“En ocasión del proceso de capitalización, se presentó un incremento en el valor individual de las acciones, que pasaron de un valor de $20.15 por acción en mayo de 2008, a $33.45 por acción en diciembre de 2009, lo que redunda en un aumento del capital social que para primera fecha estaba en la suma de $94.360.000.000 y para la segunda quedó en $309.202.000.000.

Por otra parte, el capital efectivo y la inversión de capital vario de $7.200.000.000 que se reportaban en mayo de 2008, a $126.528.000.000 registrados a diciembre de 2009.

Las utilidades reportadas por la Empresa de Energía de Pereira S.A.ESP a mayo de 2008 eran del orden de $1.029.000.000, y a 31 de diciembre de 2009 ascendieron a la suma de $9.530.000.000”

(…)

“lo anterior pone de manifiesto que si bien el patrimonio público cuya defensa se trata fue vulnerado en su momento por parte de la empresa de energía accionada, en la actualidad dicho patrimonio no presenta afectación que amerite su defensa o protección a través de la presente decisión, pues durante los treinta meses que han transcurrido desde cuando se incurrió en la conducta lesiva del patrimonio del Estado, éste ha sido reivindicado en favor de los intereses económicos de la entidad y de los derechos de toda la colectividad que se beneficia con el servicio público que ella le presta”.

Los hechos que fueron objeto de investigación tuvieron origen en la auditoría con enfoque especial, efectuada por la Contraloría General de la República en el año 2011, donde a criterio del equipo auditor se encontraron varios hallazgos de tipo fiscal y penal; todos soportados en diferencias, en cuanto al régimen aplicable a la empresa de servicios públicos.

“Con este fallo queda demostrado que el equipo auditor de la Contraloría General de la República desconocía el régimen especial que se aplica a una empresa de servicios públicos y más de carácter mixto, en este caso a la Empresa de Energía de Pereira, afirmando que las conclusiones que se derivaron del informe en el año 2011 no fueron objetivas; situación que afectó la imagen de la compañía”. Manifestó Yulieth Porras Osorio, Gerente de la organización.

Asimismo, la directiva agregó que le parece una locura que se pensará en un detrimento patrimonial a la Empresa de Energía de Pereira, cuando en su capitalización ingresaron más $200 mil millones y lo esperado, de acuerdo a su valorización era por el orden de $90 mil millones.

“Es por ello, que los entes de control fiscal deben tener personal calificado, que realice de manera objetiva las auditorías, teniendo pleno conocimiento del régimen legal aplicable a la entidad; de lo contrario se seguirá causando daño a la imagen la empresa y a sus funcionarios,situación que ha advertido la Auditoría General de la República en INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA ESPECIAL sobre la contraloría municipal de Pereira en el año 2013”. Concluye Yulieth Porras.

En este proceso no solo se investigaba el supuesto detrimento patrimonial sobre Energía de Pereira, a raíz de la de capitalización, también sobre los siguientes aspectos:

  • Supuestas irregularidades en la distribución de utilidades
  • Levantamiento y posterior distribución de reservas que la empresa había constituido voluntariamente
  • Contrato de mutuo acuerdo celebrado entre ENINSA y Empresa de Energía de Pereira, y por último los rendimiento financieros de los recursos de capitalización invertidos en proyectar valores

De esta forma, y en cada uno de hechos, la Contraloría General de la República por intermedio del contralor delegado intersectorial Nª2 de la Unidad de Investigaciones especiales contra la corrupción, Dr. José Miguel Chard Chicre y por medio de auto Nª 1085 del 8 de julio de 2016, concluyó que todas las actuaciones adelantadas se ajustaron al marco legal aplicable a Empresa de Energía de Pereira, no habiendo entonces detrimento patrimonial y que las finanzas de la compañía y utilidades para el municipio de Pereira mejoraron ostensiblemente, dado a los rendimientos obtenidos por inversiones realizadas.

Comunicaciones Empresa de Energía de Pereira

 

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