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Desde Ahora la Empresa de Energía de Pereira Tiene su Marca Registrada

Desde Ahora la Empresa de Energía de Pereira Tiene su Marca Registrada

Uno de los intereses de la compañía es establecer la marca “Energía de Pereira” en la región y a nivel nacional, ser conocida como una empresa pujante y de renombre, por el compromiso con los clientes y/o usuarios. Interesada por la mejora continúa en la calidad del servicio de energía eléctrica; al tiempo que se muestra por su gestión social con los diferentes grupos de interés.

Por tal razón, la compañía empezó a desarrollar un logo más fresco, colorido y amigable para el ciudadano, un slogan que trascendiera su compromiso como empresa socialmente responsable, y un nombre contundente que resalte la compañía como un icono e insignia del patrimonio Pereirano. Dando como cumplimiento final el registro de una nueva marca “Energia de Pereira”.

Dicho registro se soporta en la Decisión No. 486 del año 2002 proferida por La Comisión de la Comunidad Andina a través de la cual reglamenta la inscripción, registro, uso y protección de las marcas; y se confiere al titular de está el uso exclusivo, que se convierte en un signo distintivo que identifica los servicios ofrecidos por la Empresa e impide a cualquier tercero, realizar sin el debido consentimiento los siguientes actos:

  1. Aplicar o colocar la marca, o un signo distintivo idéntico o semejante sobre: envases, empaques o envolturas, que no son contratadas por la empresa.
  2. Suprimir o modificar la marca con fines comerciales.
  3. Fabricar etiquetas, envases, envolturas, embalajes u otros materiales que reproduzcan o contengan la marca, así como comercializar o apropiarse tales materiales.
  4. Usar en el comercio un signo idéntico o similar a la marca.

En caso de ocurrir lo anterior, la persona o empresa que utilice la marca para fines comerciales sin autorización, la Empresa quedará facultada para demandar y obtener indemnización de perjuicios por los daños ocasionados.

De otra parte, sí utilizan la marca con fines fraudulentos puede obtener una multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes o será sujeto de pena de  prisión que oscila entre los cuatro (4) a ocho (8) años.

 

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